Una captura de pantalla es fácil de fabricar y, si la parte contraria la impugna, el tribunal puede acabar sin poder darle valor. La certificación pericial parte del dispositivo original, documenta cómo se obtuvo la conversación y acredita que no ha sido alterada desde entonces.
La base está en la comarca de Osona, provincia de Barcelona, y se trabaja con clientes de toda España. La certificación de mensajería es, de hecho, uno de los servicios que mejor funciona a distancia: lo único que exige presencia física es el acceso al dispositivo, y eso se resuelve sin que usted se desplace. El resto del procedimiento —análisis, dictamen y ratificación— se hace en remoto.
Le diremos siempre por adelantado si su caso concreto exigiría presencia física, y cuánto costaría. Nunca aparecerá como sorpresa en la factura.
Decirlo por adelantado evita expectativas equivocadas y es parte del deber de objetividad del perito (art. 335.2 LEC).
Puede aportarse, pero si la parte contraria impugna su autenticidad el tribunal necesita algún elemento adicional que la respalde. El Tribunal Supremo, en su sentencia 300/2015, de 19 de mayo, advirtió del riesgo de manipulación de este tipo de mensajes y de la necesidad de acreditar su autenticidad cuando se cuestiona. Por eso una pericial que parta del dispositivo origen coloca la prueba en una posición mucho más sólida.
Es lo recomendable, porque la extracción se hace desde el terminal origen. En la mayoría de los casos el dispositivo se devuelve el mismo día; el análisis posterior se realiza sobre la copia forense, no sobre su teléfono.
Sí. El procedimiento es equivalente: adquisición desde el origen, verificación de integridad y análisis de los metadatos de la aplicación. Lo que cambia es la estructura interna de cada aplicación.
El perito comparece en la vista para ratificar el dictamen y responder a la contradicción del letrado y del perito contrario (art. 347 LEC). Esa comparecencia se presupuesta aparte del informe.
Sí. Trabajamos con clientes de toda España. Lo único que requiere acceso físico es la adquisición del dispositivo, que se resuelve normalmente por mensajería con seguimiento, documentada en la cadena de custodia desde el origen. El análisis, el dictamen y la ratificación en vista se realizan en remoto, esta última por videoconferencia conforme al art. 169.4 LEC. En la valoración inicial le confirmamos si su caso concreto exigiría desplazamiento y qué coste tendría.
No. La adquisición forense es rápida: lo habitual es que el dispositivo se devuelva en 24-48 horas desde su recepción. Todo el análisis posterior se realiza sobre la copia forense, no sobre su terminal. Si el teléfono es su herramienta de trabajo, coordinamos la adquisición para minimizar el tiempo sin él.
No reenvíe los mensajes, no los exporte con la función de la propia aplicación, no haga capturas para "guardarlos" y no borre nada del terminal. Cualquiera de esas acciones puede alterar metadatos y comprometer el valor de la prueba. Lo mejor es dejar el dispositivo tal como está y consultar antes de tocarlo: la calidad de la prueba se decide en el momento de obtenerla.
Consulta inicial confidencial y sin compromiso. Le diremos con franqueza si hay prueba que obtener y cómo.
contacto@peritiaforense.com